Reglamento que declara actos y documentos municipales secretos o reservados
I. MUNICIPALIDAD LIMACHE
DECRETO N° 133.- LIMACHE, 13 de Enero de 2005.- VISTOS; 1. El Ord. Nº 342/2004 de f/08.11.2004, de la Sra. Abogado Jefe del Departamento Jurídico
2. El acuerdo adoptado por el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria Nº 746 celebrada con
3. Las atribuciones que me confieren la Ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de
Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por el D:F:L: 2/19.602, publicado en el D. O. de f/11.01.2000,
D E C R E T O : 1°.- Apruébase el REGLAMENTO QUE DECLARA ACTOS Y DOCUMENTOS MUNICIPALES SECRETOS O RESERVADOS, cuyo texto será el siguiente: ARTÍCULO Nº 1: para los efectos del presente acto administrativo, conforme a lo establecido en los artículos Nº 3 y 10 del decreto Nº 26, individualizado en los Vistos precedentes, se entiende por: a) Actos administrativos, las decisiones formales que emiten los órganos de la Administración y el
Municipio, en las que se contienen declaraciones finales de voluntad, realizadas en el ejercicio de una potestad pública (decretos alcaldicios, reglamentos municipales, ordenanzas municipales, instrucciones, órdenes de servicio, etc.)
b) Documentos, todo escrito, correspondencia, memorándum, plano, mapa, dibujo, diagrama,
documento gráfico, fotografía, microforma, grabación sonora, video, dispositivo susceptible de ser leído mediante la utilización de sistemas mecánicos, electrónicos o computacionales y, en general, todo soporte material que contenga información, cualquiera sea su forma física o característica, y las copias de aquellos.
Documentos de respaldo, aquellos documentos que agregados al acto administrativo, permiten verificar el contenido del mismo de manera íntegra y perfecta.
d) Documentos sustentatorios o complementarios directos, los documentos que se vinculen
necesariamente al acto administrativo en que concurren y siempre que dicho acto se haya dictado, precisa e inequívocamente, sobre las bases de esos documentos.
e) Documentos sustentatorios o complementarios esenciales, los documentos indispensables para la
elaboración y dictación del acto administrativo en que concurren, de modo que son inseparables del mismo.
Actos y documentos que se encuentran a disposición permanente del público, aquellos que han sido objeto de publicación íntegra en el Diario Oficial o en otro de mayor circulación regional.
g) Actos y documentos de carácter secreto, aquellos que serán conocidos sólo por las autoridades o
personas a las que vayan dirigidos y por quienes deban intervenir en su estudio o resolución.
h) Actos y documentos de carácter reservado, aquellos que serán conocidos únicamente en el
ámbito de la unidad del órgano a que sean remitidos, tales como, dirección, departamento, sección o oficina.
Los demás actos y documentos son de conocimiento público.
ARTÍCULO Nº 2: Declárense actos y documentos municipales reservados o secretos en razón de interés privado, los que a continuación se señalan: 1.- Actos y Documentos declarados secretos basados en la protección de intereses privados.
Los expedientes relativos a sumarios administrativos o investigaciones sumarias. No obstante, en la etapa posterior a la investigación, este secreto, no afectará al sumariado y a su representante.
Los actos y documentos emitidos por las unidades municipales, como también, sus documentos complementarios directos y especiales, cuya comunicación o conocimiento afecte la vida privada de una persona individualizada o identificable.
La correspondencia oficial debidamente calificada por la autoridad responsable, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo (I) Nº 291, de 1974.
2.- Actos y documentos declarados reservados basados en el interés privado.
Las carpetas de vida funcionaria que custodian los Departamentos de Personal del Municipio y de los Servicios Traspasados a la Gestión Municipal.
Los actos y documentos inherentes a la calificación del personal, mientras dure dicho proceso.
Los actos y documentos que contengan información considerada en procesos de evaluación de participantes en concursos internos y de carácter público, hasta el momento de su resolución.
Las ofertas y documentos de los procesos de licitación y los concursos sobre aportes de capital, hasta el momento de apertura, y las evaluaciones de las mismas, hasta su adjudicación.
Los actos y documentos de respaldo que contengan información relativa a las remuneraciones del personal de la municipalidad y sus servicios traspasados.
Los actos y documentos de respaldo que contengan información relativa al listado de roles de patentes municipales.
Las carpetas o expedientes de los contribuyentes municipales que obren en el Departamento de Patentes del Municipio.
Las carpetas o expedientes de los contribuyentes, correspondientes a proyectos y permisos tramitados en la Dirección de Obras Municipales.
Los actos y documentos relativos a la información de contribuyentes y deudores de la Municipalidad.
2.10 Los documentos y registros de alumnos beneficiarios de alimentación y salud. 2.11 Los documentos y registros que contienen denuncias formuladas por niños, niñas, jóvenes,
sus padres y/o apoderados y/o profesores, cualquiera sea el soporte en que se encuentren, cuyo contenido afecte o pueda afectar la integridad física o psíquica, el honor o la intimidad de los educandos y que obren en poder del Municipio.
2.12 Los documentos o registros que contienen antecedentes relativos a casos acogidos por el
Municipio, relacionados con discriminación, maltrato, abusos o delitos, etc., que afecten a niños, niñas, jóvenes, cualquiera sea el soporte en que se encuentren, cuyo contenido afecte la integridad física o psíquica, el honor o la intimidad de los afectados y que obren en poder del Municipio.
2.13 Los documentos y registros remitidos a la municipalidad, por otros organismos,
relacionados con actos delictuales cometidos por menores de edad y personas sin discernimientos.
2.14 Las Fichas CAS y sus antecedentes sustentatorios. 2.15 Los informes sociales elaborados por profesionales municipales. 2.16 Los exámenes del Gabinete Psicotécnico. 2.17 Los informes y soportes de trabajo de las auditorías de la Dirección de Control y las
auditorías realizadas a la Municipalidad por otros organismos externos.
2.18 Los documentos y registros de beneficiarios de ayuda social y subsidios. 2.19 Los documentos y registros de beneficiarios por exención de derechos municipales por
2.20 Los informes emitidos por las unidades municipales que contengan una apreciación de
juicio o valor sobre una persona determinada o claramente identificable.
2.21 Los informes en Derecho de la Dirección de Asesoría Jurídica que se pronuncien sobre
relaciones o situaciones jurídicas controvertidas entre personas naturales o jurídicas y el Municipio.
2.22 La correspondencia oficial debidamente calificada por la autoridad responsable, de
conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo (I) Nº 291, de 1974.
ARTÍCULO Nº 3: Declárense actos o documentos municipales secretos o reservados en
razón de interés público, los que a continuación se señalan:
1.- Actos o documentos declarados secretos
1.1 Los actos y documentos emitidos por las Direcciones de Asesoría Jurídica, de Control,
Obras Municipales, Planificación, Administración y Finanzas, y de aquellos que realicen
funciones de unidad técnica en los contratos, convenios y concesiones celebrados por la Municipalidad, cuya comunicación o conocimiento perjudique el desarrollo de procedimientos jurisdiccionales o de actuciones preliminares o preparativas de aquellos que la Ley encomiende al Municipio.
1.2 Los actos y documentos de las unidades municipales cuya comunicación o conocimiento
perjudique la investigación de los fiscales o investigadores sumariantes en los procedimientos disciplinarios seguidos para determinar la responsabilidad administrativa de funcionarios municipales.
1.3 La correspondencia oficial debidamente calificada por la autoridad responsable, de
conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo (I) Nº 291, de 1974.
2.- Actos y documentos declarados reservados
2.1 La correspondencia oficial debidamente calificada por la autoridad responsable, de
conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo (I) Nº 291, de 1974.
ARTÍCULO Nº 4: Para la consulta de los actos y documentos calificados como secretos o reservados, conforme al presente acto administrativo, el interesado deberá requerirlo al Alcalde, de conformidad a lo establecido en el artículo 11º de la Ley 18.575.
2º.- El presente Reglamento comenzará a regir a contar de su publicación en el Diario oficial. ANÓTESE, TRANSCRÍBASE Y DÉSE CUENTA.-
(FDO.-) GERMÁN IRARRÁZABAL JAQUE, Alcalde de la I. Municipalidad de Limache. José Fernández Gómez, Secretario Municipal.
Lo que comunico a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes.
JOSÉ FERNÁNDEZ GÓMEZ Secretario Municipal GIJ/JFG/mso. DISTRIBUCION: 1. Juzgado de Policía Local. 2. Sr. Administrador Municipal. 3. Dirección Asesoría Jurídica. 4. Dirección de Control. 5. Secretaría Municipal. 6. Dirección Administración y Finanzas. 7. Dirección Desarrollo Comunitario. 8. Dirección de Obras Municipales. 9. SECPLA. 10. Dirección Aseo y Ornato. 11. Dirección de Tránsito. 12. Tesorería Municipal. 13. Dpto. Educación. 14. Of. Relaciones Públicas. 15. Publicación. 16. Archivo.
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