Condiciones generales para la prestacin de servicios

SERVICIO DE INTERNET DIAL-UP DE PARAWAY Net. CONTRATO DE ADHESION
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO.
COPACO S.A.
se obliga a prestar el servicio de conexión Dial Up que consiste en la provisión del servicio de Internet a través de líneas telefónicas mediante marcación a nuestra
plataforma, en adelante el Servicio, de conformidad a las cláusulas que se especifican en la solicitud y en las Condiciones Generales para la presentación de servicios.
SEGUNDA: PLAZO DE VIGENCIA.
El plazo de la prestación del servicio será de un año, a partir de los primeros siete (7) días posteriores a la solicitud del servicio y firma del presente Contrato, o de la firma por parte del
Cliente de la Aceptación del Servicio. El plazo se prorroga automáticamente, por lapsos iguales, a no ser que medie comunicación por escrito su intención en contrario.
TERCERA: FORMA DE PAGO.
El CLIENTE deberá abonar la tarifa vigente, establecida conforme a las condiciones acordadas en la solicitud al anverso, aprobada y firmada por el mismo. El abono mensual
correspondiente al primer mes se facturará a partir del primer día de la efectiva prestación del servicio conforme notificación pactada en la cláusula anterior y hasta el último
correspondiente al período mensual a ser facturado.
Los servicios adicionales suscriptos al CLIENTE serán facturados conforme a la solicitud aceptada por el CLIENTE.
En caso de incumplimiento del pago correspondiente al abono mensual, la mora se producirá en forma automática por el mero vencimiento, sin necesidad de interpelación previa de
ninguna especie, aplicándose un interés moratorio del 2% mensual a las facturas vencidas de acuerdo a las disposiciones vigentes.
En caso de incumplimiento del pago de 3 (tres) facturas consecutivas, el retiro y rescisión del contrato se producirá en forma automática sin necesidad de interpelación previa, sin derecho a
reclamo o indemnización por parte del CLIENTE, y sin perjuicio de reclamar judicialmente el pago de lo adeudado.
Ante el retiro definitivo del servicio telefónico asociado, por causas no imputables a COPACO, se procederá al retiro del servicio Dial-Up, significando esto la rescisión automática del
presente contrato
CUARTA: RECONOCIMIENTO DE TARIFAS VIGENTES.
EL CLIENTE manifiesta conocer las tarifas de COPACO S. A. vigentes a la fecha de suscripción.
EL CLIENTE podrá abonar los servicios en los centros autorizados por COPACO S. A. El precio del servicio será el vigente al momento de su facturación por COPACO S. A. y estará
constituido por la tarifa vigente en el momento de la firma de la solicitud y aquellas tarifas que COPACO S. A. aplicaren en el futuro, las que se considerarán incorporadas a la solicitud
desde el momento mismo que entren en vigencia. El precio se devengará desde la fecha en que comenzare la prestación del servicio.
QUINTA: LUGAR DE PAGO.
Los pagos del Servicio se realizarán en los locales habilitados por COPACO S.A. para el efecto
SEXTA: OBLIGACIONES DEL CLIENTE:
Abonar el servicio en el plazo establecido.
Utilizar el servicio conforme las instrucciones brindadas por COPACO S. A.
Evitar cualquier acción que pudiese perjudicar los sistemas, servicios o equipamiento por parte de COPACO S. A.
Cumplir con las reglas de buen comportamiento en la red y las políticas de uso aceptable de las redes frecuentadas.
Abstenerse de realizar actos que atenten contra las leyes o que contengan datos que promuevan actos ilegales, siendo responsabilidad exclusiva del Cliente las infracciones o delitos en que
pueda incurrir por el uso de la rede Internet.
Contar con un Software de protección contra virus o ataques a su entorno.
Preservar la confidencialidad de su propia contraseña.
SETIMA: PROHIBICIONES.
Ninguna de las partes podrá ceder, total o parcialmente, a terceros los derechos y obligaciones que surgen de la presente solicitud de servicios. Asimismo, queda expresamente prohibida la
sub-locación del servicio. EL CLIENTE no podrá transmitir información contraria a la legislación vigente tanto en el orden nacional, como internacional, la moral y las buenas costumbres,
así como tampoco podrá afectar derechos a terceros, eximiendo a COPACO S. A. de toda responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiere ocasionar este incumplimiento.
OCTAVA: LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:
ƒ
COPACO S. A. no se hará responsable por los daños y perjuicios directos o indirectos, daño emergente, lucro cesante, pérdida de datos, ni cualquier otro daño derivado de la falta de prestación de los servicios por causas no atribuibles a COPACO S.A. durante el tiempo de suspensión de los mismos por los motivos señalados en el apartado precedente. No se imputara a COPACO S. A. responsabilidad alguna por los daños que pudiere sufrir el CLIENTE y/o sus bienes por el mal uso del equipo o servicio solicitado. COPACO S. A. no se hará responsable contra reclamos de terceras personas relacionados con la conducta del usuario en INTERNET o con los mensajes transmitidos por el usuario mediante esa red. COPACO S. A. no se hará responsable por la perdida de datos almacenados en el sistema del proveedor de acceso, debiendo el usuario realizar sus copia de respaldo de los datos transmitidos. COPACO S. A. no se hará responsable de las informaciones, datos programas y contenidos que circulan por la red, como tampoco garantiza los resultados obtenidos del uso de las mismas que sean reproducciones de otras áreas de la red. NOVENA: SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS.
El servicio será suspendido por las siguientes causas:
ƒ
Incumplimiento de las obligaciones asumidas por el CLIENTE en este Contrato. Para practicar tareas de mantenimiento, comunicando previamente al CLIENTE, por cualquier medio de comunicación, la fecha en que se producirá la suspensión y su plazo estimado de duración, con una antelación mínima de 12 horas. Por motivos de urgencia, imprevisibles y/o de fuerza mayor que así lo requieran, COPACO S. A. podrá suspender el servicio sin previo aviso. El CLIENTE renuncia a todo derecho resarcitorio por los daños y perjuicios que se produjeran por razones de caso fortuito o fuerza mayor. DECIMA: CANCELACIÓN DEL SERVICIO.
ƒ
COPACO S. A. podrá cancelar la prestación del servicio, sin obligación de pago de indemnización alguna, ante cualquier cambio en la legislación vigente que impida o dificulte la prestación del servicio. COPACO S. A. no se responsabiliza por suspensiones transitorias del Servicio y no responderá por los daños y perjuicios que este hecho pueda ocasionar al USUARIO. DECIMA PRIMERA: RECONOCIMIENTO DEL USUARIO.
El USUARIO declara expresamente lo siguiente:
Previo a solicitar a COPACO S. A. la prestación del SERVICIO se ha informado por sus propios medios de las características, condiciones de calidad, fiabilidad y limitaciones de un
sistema de esta naturaleza.
Que reconoce que COPACO S. A. ha puesto su máximo esfuerzo en proporcionarle toda la información disponible sobre esta materia.
Que COPACO S. A. no será responsable ni podrá ser sujeto de reclamo por incumplimiento o deficiencias del servicio que corresponden a problemas técnicos, fuerza mayor, o caso
fortuito, actos u omisiones de la Autoridad ni cualquier otra causa que no pueda ser controlada por COPACO S. A., no siendo tampoco responsable por daños y perjuicios, incluido lucro
cesante ni por cualquier daño relacionado con la interrupción del servicio por causas no imputables a COPACO S. A.
DÉCIMA SEGUNDA: NOTIFICACIONES.
COPACO S. A. constituye domicilio en Av. Republica Argentina c/ Mcal. López y el CLIENTE fija su domicilio en el lugar mencionado en la solicitud, donde tendrá por válida y
personalmente realizada cualquier notificación que se curse. Los registros electrónicos almacenados en un medio permanente e inalterable en el sistema de COPACO S. A., se aceptan
como evidencias de comunicaciones, contratos y pagos hechos entre las partes.
DÉCIMA TERCERA: LEGISLACIÓN APLICABLE.
Jurisdicción. La presente solicitud de servicios se regirá e interpretará conforme a la legislación de la República del Paraguay. Las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales
ordinarios de la ciudad de Asunción, renunciando a cualquier otro foro o jurisdicción que pudiera corresponder.
NOMBRE Y APELLIDO…………………………………………………………………………………………………….C.I.P……………………………………………………………… FIRMA……………………………….FECHA ……/………/………TELEFONO …………………………. Nº CTA. CLIENTE: ………………………………

Source: http://www.paraway.net.py/UP/contrato_dialup.pdf

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16 | patient consultation Name:________________________________________________ DOB:__________________Age:_____Sex: ______________ Address: _________________________________________________________________________________________________City:__________________State:_______Zip:_______Phone:___________________E-mail:_____________________________ • Are you pregnant or lactating? Yes___No___

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(Actos cuja publicação é uma condição da sua aplicabilidade) REGULAMENTO (CE) N.o 1662/2006 DA COMISSÃO de 6 de Novembro de 2006 que altera o Regulamento (CE) n.o 853/2004 do Parlamento Europeu e do Conselho, que estabelece regras específicas de higiene aplicáveis aos géneros alimentícios de origem animal (Texto relevante para efeitos do EEE) consumo humano. O óleo de p

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